Por qué en Canarias es distinto
Canarias está dentro del territorio aduanero de la UE, pero fuera del IVA europeo. Una pieza que llega desde Madrid, Toulouse o Hamburgo no paga aranceles, pero sí necesita una declaración aduanera (DUA o declaración de introducción) y tributa por el IGIC, cuyo tipo general es del 7 %. Si viene de fuera de la UE (Estados Unidos, Reino Unido, Brasil…), es una importación completa, con su arancel.
Además, todo llega por aire o por mar. Los repuestos urgentes viajan como carga aérea hasta Tenerife Norte o Tenerife Sur, así que el despacho tiene que estar preparado antes de que aterrice el vuelo, no después.
Exenciones que conviene revisar antes del envío
- IGIC: la Ley 20/1991 declara exenta la importación de los objetos que se incorporan a las aeronaves de compañías dedicadas esencialmente a la navegación aérea internacional, y de los que se usan a bordo para su explotación. Se considera así a la compañía cuyos vuelos que salen del archipiélago o llegan de fuera superan el 50 % de la distancia recorrida. El destinatario debe ser la propia compañía que explota el avión; en general, no aplica a la aviación privada.
- Arancel (origen no UE): el Reglamento (UE) 2018/581 suspende los aranceles autónomos de muchas partes y componentes destinados a aeronaves, siempre que con la declaración se aporte el certificado EASA Form 1 o uno equivalente.
- Reparaciones: si una pieza sale de Canarias para repararse y vuelve, el IGIC de la reimportación se calcula sobre el coste de la reparación (más transporte), no sobre el valor de la pieza, siempre que la salida se haya documentado correctamente.
Que se aplique depende de quién importa, para qué avión y con qué papeles: lo revisamos antes de que la pieza salga.
Cómo lo gestionamos
- Nos escribes por WhatsApp con el part number, el origen, el valor y la urgencia.
- Revisamos la parte fiscal: clasificación arancelaria, exención de IGIC, suspensión de aranceles y si la pieza viaja como mercancía peligrosa.
- Coordinamos el transporte aéreo con nuestros socios hasta Tenerife, o por mar si el plazo lo permite.
- Preparamos y presentamos la declaración para que el despacho esté listo cuando llegue la carga.
- Coordinamos la entrega en el taller, hangar o almacén que nos indiques.
Qué necesitamos de ti
- Factura comercial o pro forma, con valor y moneda.
- Packing list con pesos y medidas.
- Part number, descripción técnica y, si lo tienes, el código arancelario (HS o TARIC).
- Certificado EASA Form 1 o equivalente.
- Datos del avión y del operador, si quieres aplicar la exención de IGIC.
- Ficha de seguridad si la pieza lleva baterías, fluidos u otros elementos que el transporte aéreo trata como mercancía peligrosa.
Preguntas sobre piezas de avión
¿Pagan aranceles las piezas que llegan desde la Península o de otro país de la UE?
No. Entre la UE y Canarias no hay aranceles, pero sí declaración aduanera e IGIC. Si la pieza va a un avión de una aerolínea internacional, el IGIC puede quedar exento cumpliendo los requisitos.
¿Y si la pieza viene de Estados Unidos o del Reino Unido?
Es una importación de país tercero: declaración completa, arancel según código y origen, e IGIC. Para muchas partes de aeronaves el arancel autónomo está suspendido si se presenta el EASA Form 1 o un certificado equivalente con la declaración.
¿Podéis tener el despacho listo antes de que aterrice el vuelo?
Es el objetivo. Con la factura, el packing list y los datos de la pieza por adelantado, preparamos la declaración mientras la mercancía vuela. El plazo final depende de la aerolínea, de la ruta y de si la aduana decide revisar el envío.
Soy un taller o un operador privado, ¿cambia algo?
El despacho es el mismo. Lo que cambia es si se puede aplicar alguna exención: la del IGIC está pensada para compañías de transporte aéreo internacional, no para la aviación privada.