Qué es el IGIC y por qué se paga al importar
Las islas pertenecen a la unión aduanera europea, pero no al sistema del IVA. En su lugar se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que grava las ventas y servicios en las islas y también las importaciones de bienes, sea quien sea el importador: empresa, profesional o particular. Por eso la mercancía que llega de la Península también lo paga, aunque no haya aranceles.
Tipos de IGIC vigentes
- 0 %: bienes de primera necesidad, como el agua, el pan, la leche, los quesos, los huevos, la fruta y verdura frescas, los medicamentos de uso humano o los libros y periódicos.
- 3 %: productos de determinados sectores industriales, como el textil.
- 5 %: bebidas refrescantes con azúcar o edulcorantes añadidos.
- 7 %: tipo general, para todo lo que no tenga otro tipo asignado.
- 9,5 %: algunos vehículos, embarcaciones y aeronaves.
- 15 %: bebidas espirituosas, joyas, perfumes y otros bienes como los puros de más de 2,5 € la unidad.
- 20 %: labores del tabaco, salvo puros y puritos.
Los vehículos tienen reglas propias: por ejemplo, los eléctricos tributan al 0 %. Cada producto se asigna por su descripción y su código, así que lo comprobamos antes de importar.
Cómo se calcula en la importación
La base del IGIC es el valor en aduana (por regla general, el precio más el transporte y el seguro hasta Canarias), más los aranceles y otros tributos de la importación, más los gastos hasta el primer lugar de destino en las islas. El AIEM no forma parte de esa base.
Ejemplo simplificado: mercancía de China con un valor en aduana de 10.000 €, un arancel del 4 % (400 €) y 300 € de descarga y transporte hasta tu almacén. Base del IGIC: 10.700 €. Con el tipo general del 7 %, el IGIC es de 749 €.
Quién lo paga y si se puede deducir
Lo paga el importador al despachar la mercancía. Las empresas acogidas al régimen general pueden, por regla general, deducir el IGIC de importación en sus autoliquidaciones. Si eres comerciante minorista, pagas además un recargo (por ejemplo, un 0,7 % sobre productos al 7 %) y no lo deduces. Para un particular es un coste final.
Hay casos exentos, como los envíos de hasta 150 € (salvo alcohol, perfumes y tabaco) o los bienes personales en un traslado de residencia. Los resumimos en la guía de exenciones y franquicias.
Cómo lo gestionamos
- Consulta por WhatsApp o teléfono con la factura y la descripción del producto.
- Clasificación: asignamos el tipo de IGIC y comprobamos si hay AIEM o exenciones aplicables.
- Transporte: si lo necesitas, coordinamos el envío hasta Tenerife.
- Declaración: presentamos la importación, se liquida el IGIC y te pasamos el importe.
- Entrega: tras el pago y el levante, la mercancía sale hacia tu dirección.
Para hacerlo bien necesitamos la factura, los costes de transporte y seguro, una descripción clara de cada producto, tu NIF y saber si tributas en régimen general o como minorista.
Preguntas frecuentes sobre el IGIC en importaciones
¿El IGIC es lo mismo que el IVA?
Cumple la misma función, pero es un impuesto canario con sus propios tipos y normas, gestionado por la Agencia Tributaria Canaria. Su tipo general es del 7 %.
¿Pago IGIC por mercancía que viene de la Península?
Sí. Al entrar en Canarias se liquida el IGIC, y el proveedor peninsular, por regla general, factura sin IVA.
¿El AIEM se suma a la base del IGIC?
No. La ley excluye expresamente el AIEM (y el propio IGIC) de la base imponible del IGIC a la importación. Los aranceles, en cambio, sí se incluyen.